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Registro obligatorio de líneas móviles: Todo lo que debes saber para vincular tu número en 2026


Foto: Web

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Redacción BajaNewsMx
Editorial bajanews.mx| BajaNews
Publicado: 18-12-2025 14:04:03 PDT

¡Que no se te pase! Esta es la guía completa con fechas, pasos y requisitos para el trámite obligatorio de vinculación de líneas móviles en México

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) ha establecido una nueva normativa que hará obligatorio, a partir del 9 de enero de 2026, que todas las líneas de telefonía móvil en el país estén vinculadas a una persona física o moral identificada. Este registro, que ya es una realidad para los usuarios, tiene como propósito central combatir delitos como fraudes y extorsiones, al permitir conocer el titular detrás de cada número telefónico. La medida busca fortalecer la seguridad en las telecomunicaciones y, en casos necesarios, auxiliar en la localización de personas.

La fecha límite para que los usuarios realicen este trámite y eviten la suspensión de su servicio está establecida para el 29 de junio de 2026. Las líneas que para entonces no se encuentren asociadas a un titular serán suspendidas, funcionando únicamente para realizar llamadas a los números de emergencia (911) y de atención ciudadana (074, 079, 088, 089). Es importante destacar que esta suspensión no es definitiva; el servicio se reactivará una vez que se complete exitosamente el proceso de vinculación.

 


¿Cómo realizar el trámite de forma presencial?


El proceso presencial deberá llevarse a cabo en los centros de atención a clientes de la compañía telefónica a la que pertenezca la línea. El titular debe acudir personalmente con su identificación oficial vigente, que puede ser la credencial para votar (INE) o el pasaporte. En el centro, el proveedor de servicio está obligado a mostrar el aviso de privacidad correspondiente. Posteriormente, se procederá a validar la identidad del usuario cotejando la identificación presentada y verificando la Clave Única de Registro de Población (CURP) con el Registro Nacional de Población.

 Una vez que esta validación sea exitosa, el proveedor informará al cliente, generará un folio con fecha y hora, y habilitará todos los servicios contratados en la línea, dando por concluido el trámite.

 


¿Cómo realizar el trámite en línea de manera remota?


Para la modalidad remota, cada compañía de telefonía deberá habilitar una "Plataforma de gestión de líneas telefónicas móviles" para sus clientes. El usuario deberá ingresar a esta plataforma, donde en primer lugar se le mostrará el aviso de privacidad y los términos y condiciones. El sistema solicitará capturar los datos de una identificación oficial vigente y, de manera crucial, realizar una prueba de vida, que generalmente consiste en tomar una selfie en tiempo real. También se validará la CURP de forma electrónica. La plataforma permitirá hasta tres intentos para vincular una misma línea. Si la validación es exitosa, el proceso se concluirá generando un folio electrónico y habilitando los servicios. En caso de rechazo en todos los intentos, el usuario deberá contactar al sistema de atención de su compañía para conocer los pasos a seguir, lo que probablemente implique acudir a un centro físico.

 


Requisitos y consideraciones importantes


Para personas físicas de nacionalidad mexicana, los documentos necesarios son una identificación oficial vigente y la CURP. Los extranjeros residentes deberán presentar su pasaporte vigente y la CURP temporal para extranjeros. En el caso de personas morales o empresas, el requisito principal es el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).


Existe un límite en el número de líneas que una persona física puede tener a su nombre, el cual está establecido en un máximo de 10, sin importar que sean de diferentes compañías. Las personas morales y aquellos que acrediten una actividad empresarial con su constancia de situación fiscal del SAT no están sujetos a este límite.

 

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La CRT ha asegurado que toda la información personal recabada en este proceso estará protegida, ya que los operadores telefónicos deben cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, siendo ellos los responsables de su resguardo.


Se recomienda a los usuarios no esperar hasta las fechas límite para realizar este trámite, con el fin de evitar saturación en los canales de atención y una posible interrupción no deseada del servicio. Cada compañía informará a sus clientes sobre los canales específicos y el acceso a sus plataformas digitales.