La SCJN determina que un testimonio de oídas no puede sustentar una sentencia penal
NACIONAL
26-02-2025
Foto: Web
Publicado: 26-02-2025 09:56:50 PDT
Un testimonio de oídas es aquel en el que una persona asegura conocer ciertos hechos porque alguien más se los relató
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que un testimonio de oídas no puede ser valorado como prueba al dictar una sentencia penal.
Esta decisión, se estableció en la Tesis de Jurisprudencia 1A./J. 115/2024 (11A.), y refuerza los principios constitucionales de inmediación y contradicción en el proceso penal.
Un testimonio de oídas es aquel en el que una persona asegura conocer ciertos hechos porque alguien más se los relató, y no porque los haya percibido directamente a través de sus sentidos.
De acuerdo con la SCJN, este tipo de testimonio no es una prueba válida, ya que no es desahogada de manera oral, personal y directa ante un tribunal, ni puede ser sometida a contradicción en un juicio.
Con esta resolución, la SCJN señala la importancia de que las pruebas en un proceso penal sean obtenidas y valoradas conforme a los principios del debido proceso, garantizando así la imparcialidad y legalidad en las decisiones judiciales.
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